1.- Compañía organizadora
La Compañía organizadora KAIKU CORPORACIÓN ALIMENTARIA, S.L, en adelante KAIKU, tiene previsto realizar un concurso que se desarrollará de conformidad con las presentes bases.
El concurso se denominará «3ª edición concurso de cortos en Instagram: La Nueva Normalidad” y se desarrollará en todo el territorio nacional, exclusivamente por Internet a través de la cuenta de Instagram de KAIKU CAFFÈ LATTE.
Instagram no patrocina, avala ni administra en modo alguno el presente concurso, ni está asociado de ningún modo con KAIKU. El usuario se desvincula totalmente de la misma y es consciente de que está proporcionando su información a KAIKU.
2.- Duración
La fecha de comienzo del concurso será el 9 de diciembre de 2020 y el concurso finalizará el 18 de enero de 2021 (En adelante, “Periodo Promocional”). KAIKU no acepta responsabilidad alguna por las entradas recibidas antes y/o después del Periodo Promocional y dichas entradas no se incluirán en la promoción.
Si por cualquier causa de fuerza mayor fuera necesario aplazar y/o modificar el concurso, este hecho será publicado a través de https://www.instagram.com/kaikucaffelatte/, https://twitter.com/kaikucaffelatte y https://www.facebook.com/kaikucaffelatte/
3.- Finalidad
El concurso tiene como finalidad promocionar las redes sociales de KAIKU y, en particular, su perfil de Instagram, posicionarse como cazador de grandes promesas en el mundo del cine a través de las redes sociales y darles la oportunidad a los participantes de poder mostrar su talento.
4.- Gratuidad
El concurso es gratuito de tal manera que para participar no será necesaria la compra de ningún producto, ni el pago de cuota o cantidad adicional alguna para la obtención de los premios objeto de la misma.
5.- Requisitos de participación y mecánica
Durante el Periodo Promocional indicado, tendrán la posibilidad de participar en el presente concurso todas aquellas personas, mayores de 18 años, y residentes en España que procedan según lo descrito a continuación.
IMPORTANTE: En los 6 premios destinados a los 6 cortos que se publiquen en redes sociales y cuenten con un mayor número de likes, el ámbito territorial del concurso será España, excepto Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla, con el fin de poder garantizar el envío de producto en las condiciones óptimas.
No podrán participar en el concurso los empleados de KAIKU, ni aquellas personas que hayan participado directa o indirectamente en la elaboración y/o desarrollo del concurso, así como sus familiares en primer grado.
Mecánica:
– Es obligatorio que el participante envíe su cortometraje vía mail a concurso@talenthuntersbykaikucaffelatte.com, adjuntando el mismo en un enlace de WeTransfer. Además del enlace al cortometraje en WeTransfer, el participante tendrá que indicarnos los siguientes datos en el mail: nombre y apellidos; teléfono personal; mail de contacto; y título del corto.
– La temática del cortometraje tiene que girar en torno a “La Nueva Normalidad”.
– El cortometraje debe tener una duración mínima de 20’’ y máxima de 1’.
– El cortometraje se puede enviar en los siguientes formatos: MP4, MPEG-4, MOV y AVI.
– El cortometraje se puede enviar en cualquier relación de tamaño: cuadrado, panorámico o vertical.
– El archivo del cortometraje no debe exceder 100 MB.
– Si el participante sube el cortometraje a su feed o Instagram TV de su perfil personal de Instagram, aspirará a una selección de premios exclusiva para los 6 cortometrajes que reciban un mayor número de likes en esta red social. El hecho de ganar uno de estos premios no es excluyente con los 3 premios principales del concurso, de manera que el participante podría ganar ambos.
– Una vez realizado el corto y subido al feed de Instagram o a Instagram TV, se deberá etiquetar o mencionar a @kaikucaffelatte en la publicación para poder registrar la participación.
– Cada participante podrá enviar un máximo de 3 cortometrajes.
– Finalizadas las mecánicas anteriores, el corto estará preparado para formar parte del proceso de selección de los ganadores, tal y como se detalla en el punto 6 de las presentes Bases Legales.
Si los datos de la cuenta participante fueran inciertos, incompletos o ilegibles, KAIKU se reserva el derecho a invalidar dicha participación, haciendo entrega del premio en dicho caso al suplente correspondiente.
KAIKU se reserva el derecho a eliminar aquellos participantes que defrauden, alteren o inutilicen el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la presente promoción, comentarios o respuestas que estime que no tiene relación con las bases, incumplan las condiciones, limitaciones o prohibiciones contenidas en ellas, o los considere impropios, indecorosos o de mal gusto o estime que pueden herir los sentimientos de otros participantes o de los seguidores de la marca.
En la fase de votación, KAIKU se reserva el derecho de eliminar a su entera discreción y a título enunciativo pero no limitativo votos de cuentas que no pertenezcan a una persona real, cuentas cuyo perfil carezca de foto, cuentas sin seguidores y cuentas cuya procedencia esté fuera del territorio nacional, así como cualquier otra cuenta que le pudiera resultar fraudulenta o sospecha etc.)
6.- Selección de ganadores
Entre los usuarios que participen durante el periodo promocional y que cumplan con los requisitos y mecánicas anteriormente descritas, se elegirá un ganador en tres fases:
Primera fase:
Un jurado compuesto por las personas del departamento de marketing de KAIKU (en adelante, el Jurado) elegirá, a su plena discrecionalidad, a DIEZ (10) semifinalistas en base a los mejores cortos teniendo en cuenta su originalidad, innovación y frescura y a DIEZ (10) suplentes que sustituirán a los semifinalistas en el caso de identificación incompleta, incorrecta, no localización, obstaculización o retraso al procedimiento habitual de entrega del premio o incumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases. El orden de sustitución de los finalistas por el o los suplentes será el fijado por el orden de selección de los mismos por el Jurado en base a los criterios antes mencionados.
Por otra parte, los 6 cortometrajes publicados en Instagram que cuenten con un mayor número de likes en la fecha en la que se cierre el concurso serán seleccionados de forma directa en esta primera fase por los usuarios de Instagram, quienes les hayan otorgado un mayor número de likes de entre todos los participantes.
Segunda fase:
Tras visualizar los 10 cortos, el Jurado elegirá, a su plena discrecionalidad, a CINCO (5) finalistas en base a los mejores cortos teniendo en cuenta su originalidad, innovación y frescura y a CINCO (5) suplentes que sustituirán a los ganadores en el caso de identificación incompleta, incorrecta, no localización, obstaculización o retraso al procedimiento habitual de entrega del premio o incumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases. El orden de sustitución de los finalistas por el o los suplentes será el fijado por el orden de selección de los mismos por el Jurado en base a los criterios antes mencionados.
Fase final
De entre los CINCO (5) finalistas, el Jurado elegirá al primer, segundo y tercer ganador.
La selección de los ganadores de los premios objeto de las presentes Bases se realizará el 26 de enero de 2021 y se comunicará a través de forma pública a través de las redes sociales de KAIKU. La fecha prevista para la selección de los ganadores podrá verse modificada por circunstancias técnicas, informáticas, administrativas o cualquier otra de cualquier otra naturaleza que impidan la realización del mismo.
7.- Premios y comunicación a los ganadores
Los premios consistirán en, y para:
- Premios Cortos:
- 1000€ netos para el primer ganador.
- 300€ netos para el segundo y tercer ganador.
- Los premios para los 6 cortometrajes que tengan más likes:
- Un voucher de 100€ en Entradas.com y un lote de 20 Kaiku Caffè Latte valorado en 25€ para el primero cortometraje con mayor número de likes en Instagram.
- Un voucher de 100€ en Entradas.com y un lote de 20 Kaiku Caffè Latte valorado en 25€ para el segundo cortometraje con mayor número de likes en Instagram.
- Un voucher de 100€ en Entradas.com y un lote de 20 Kaiku Caffè Latte valorado en 25€ para el tercero cortometraje con mayor número de likes en Instagram.
- Un año de Kaiku Caffè Latte (1 envíos mensual de 10 cups durante 12 meses, siendo marzo el primer mes de envío) para el cuarto cortometraje con mayor número de likes en Instagram.
- Seis meses de Kaiku Caffè Latte (1 envío mensual de 10 cups durante 6 meses, siendo marzo el primer mes de envío) para el quinto cortometraje con mayor número de likes en Instagram.
- Un trimestre de Kaiku Caffè Latte (1 envío mensual de 10 cups durante 3 meses, siendo marzo el primer mes de envío) para el sexto cortometraje con mayor número de likes en Instagram.
Los premios que superen los 300€ están sujeto a la normativa fiscal aplicable y, en particular, a lo establecido en el punto 11 de las presentes Bases Legales.
Los premios objeto de la presente promoción en ningún caso podrán ser objeto de cambio, alteración, compensación a petición del ganador o cesión de terceros.
Los ganadores del concurso podrán renunciar al premio ganado, sin embargo no podrán en ningún caso, canjearlo por otro distinto.
Los ganadores serán designados por un jurado de KAIKU el día previsto y se contactará con ellos a través de correo electrónico. En dicho mensaje se le solicitará la aceptación expresa del premio, el resto de los datos que pudieran resultar necesarios para llevar a cabo la entrega efectiva del premio. En caso de que el ganador no enviara la información solicitada en un plazo de 72 horas mediante mensaje privado a contar desde el envío del mensaje que la declaraba como ganador y solicitaba dicha información, KAIKU contactará con el suplente para comunicarle que, tras no recibir información del ganador, el premio pasa a ganarlo él. Asimismo, KAIKU se reserva el derecho a retrasar la entrega de los premios, por causas ajenas a su voluntad o de cambiar el premio ofrecido por otro de idéntico o similar valor por causas de fuerza mayor y/o por cualquier causa ajena a su voluntad.
Valor de los premios:
El valor total de todos los premios es de 2.237,5€.
8.-. Derechos de propiedad intelectual y de Propia Imagen
La participación en el presente concurso “3ª edición concurso de cortos en Instagram: La Nueva Normalidad” supone la cesión, con carácter exclusivo y transferible sin limitación territorial ni temporal y con carácter gratuito, a KAIKU, de todos los derechos de propiedad intelectual, industrial y a la propia imagen, derivados de los cortos (incluyendo pero no limitando de las obras y prestaciones incluidas en los mismos) y/o de cualesquiera otras obras y prestaciones creadas en el contexto del concurso, para proceder, con total amplitud, a la explotación de los mismos y, en particular, a su fijación, reproducción, distribución, comunicación pública, transformación, doblaje y subtitulado; todo ello para su explotación a través de cualquier medio, modalidad, formato y/o sistema, y en particular, y con carácter enunciativo y no limitativo, para su explotación digital (Redes Sociales y/o Paginas Corporativas), televisiva, explotaciones derivadas, secundarias y/o de merchandising y cualesquiera otras tecnologías relacionadas con los teléfonos fijos o móviles, dispositivos y aplicaciones móviles, explotación cinematográfica, fonográfica, videográfica, etc., tanto de los cortometrajes, objeto del presente concurso, como de todos los participantes y/o ganadores, pudiendo llevar a cabo sus alteraciones, transformaciones, modificaciones que se deriven de los mismos, no dando lugar a derecho alguno de compensación, indemnización o reembolso y/o pago de tarifas u otros derechos económicos de naturaleza alguna a favor de los participantes y/o ganadores.
9.-. Titularidad del concurso
KAIKU se reserva el derecho de solicitar la retirada inmediata de cualquier enlace o contenido en relación con el presente concurso y/o con cualquier otro material o soporte de comunicación que haya sido utilizado, difundido, distribuido, publicado, exportado, explotado, reproducido o copiado infringiendo lo estipulado en las presentes Bases, reservándose el derecho de reclamar por los daños y perjuicios ocasionados las cantidades que les corresponde sin perjuicio de realizar cualquier acción legal para la consecución de esos fines.
10.- Responsabilidad
En ningún caso KAIKU será responsable de los servicios que cualquier otra entidad con la que ésta colabore, preste a los ganadores como consecuencia de los premios entregados que intervenga para el disfrute de los premios por parte de los ganadores, tampoco KAIKU se responsabilizará de cualquier permiso y/o autorización que en su caso el ganador deberá solicitar para el disfrute de su premio.
El ganador exime a KAIKUde cualquier responsabilidad derivada de cualquier perjuicio que pudieran sufrir durante el disfrute de los premios.
KAIKU trata encarecidamente de evitar errores en los contenidos que se publican en la web https://www.facebook.com/kaikucaffelatte, https://www.instagram.com/kaikucaffelatte/ , https://twitter.com/kaikucaffelatte y aun así, quien utiliza los diferentes sitios web, lo hace por su propia cuenta y riesgo. KAIKU no se responsabiliza de los errores u omisiones de los que pudieran adolecer los contenidos de cualesquiera sitios web y/u otros contenidos a los que se pueda acceder a través de las diferentes redes y medios de comunicación de KAIKU. KAIKU tampoco podrá ser considerado responsable por cualesquiera daños derivados de la utilización de los diferentes sitios web, ni por cualquier actuación realizada sobre la base de la información que en los mismos se facilite.
Los enlaces o links que pudieran contener los diferentes sitios web que pueden conducir al usuario a otros sitios y páginas web gestionadas por terceros, sobre las que KAIKU no ejerce ningún tipo de control. KAIKU no responde ni de los contenidos ni del estado de dichos sitios y páginas web, y el acceso a las mismas a través de los sitios web titularidad de KAIKU tampoco implica que KAIKU recomiende o apruebe sus contenidos. En caso de que KAIKU tenga conocimiento efectivo de que la actividad o la información a la que se remite desde dichos enlaces sea ilícita, constitutiva de delito o pueda lesionar bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, actuará con la diligencia necesaria para suprimir o inutilizar el enlace correspondiente con la mayor brevedad posible.
Asimismo, queda prohibida la inclusión y comunicación de contenidos, por parte de los usuarios, que sean falsos o inexactos y que induzcan o puedan inducir a error al resto de usuarios o al personal de KAIKU, en particular los contenidos que se encuentren protegidos por cualesquiera derechos de propiedad intelectual, industrial y a la propia imagen, pertenecientes a terceras personas, cuando no cuenten con la autorización del titular de los derechos, menoscaben o desprestigien la fama o crédito de KAIKU, sean considerados como una caso de publicidad ilícita, engañosa o desleal y/o incorporen virus o cualquier otro elemento electrónico que pudiese dañar o impedir el funcionamiento de los sitios web, de la red, equipos informáticos de KAIKU o terceros y/o el acceso al portal del resto de usuarios.
En ningún caso KAIKU será responsable de cualquier circunstancia imputable a cualquier tercero que pueda afectar al canje y/o disfrute del premio.
Por otra parte, los participantes declaran haber informado a los terceros, cuyos datos, incluyendo fotografías, proporcionan, de las condiciones del presente concurso, eximiendo desde este momento a KAIKU de cualquier reclamación realizada por cualquier tercero cuyo dato, incluyendo fotografía, etc. ha sido facilitado por los participantes en el presente concurso, debiendo resarcir a KAIKU de cualquier daño, sanción, multa, gasto (incluyendo cualquier gasto u honorarios de abogados, peritos u otros profesionales, costas procesales) que sean sufridos por KAIKU y/o por cualquier tercero, derivados de la participación en el presente concurso.
11.- Régimen fiscal
El primer Premio, y los premios que superan los 300€ que se entregue en este Concurso están sujetos a la normativa fiscal aplicable. Asimismo, exclusivamente, serán por cuenta de KAIKU en el Concurso, la retención o ingreso a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas asociada a la asignación del premio y la tasa del juego prevista en Real -Decreto-Ley 16/1977, de 25 de febrero.
En consecuencia, el ingreso a cuenta que en cada caso corresponda realizar de acuerdo con la normativa vigente, no será repercutido al agraciado en el Concurso. Dicho importe será ingresado por KAIKU al Tesoro Público por cuenta del agraciado.
El ganador del primer premio, y los ganadores de los premios que superan los 300€ estarán obligados a facilitar sus datos fiscales a KAIKU a los efectos que esta última pueda cumplir con todas las obligaciones formales derivadas de este concurso.
Cualesquiera otras obligaciones tributarias que la obtención de los premios tenga en la fiscalidad de los ganadores serán por cuenta de éstos, por lo que KAIKU queda relevada de cualquier responsabilidad futura. Los ganadores facilitarán a KAIKU, caso de proceder, su número de cuenta, así como cualquier otro dato o información que se requiera a tales efectos.
KAIKU emitirá y pondrá a disposición del ganador del primer premio y de los ganadores de los premios que superan 300€, caso de proceder, un certificado con todos los datos correspondientes al premio y las retenciones efectuadas, dentro del plazo legalmente establecido al efecto.
En consecuencia, el ganador del premio será responsable de cumplir con las obligaciones fiscales y contables que comporte la obtención del premio a efectos de su imposición personal.
12.-. Protección de datos
Uso, finalidad y conservación de datos:
De conformidad con la legislación vigente aplicable en materia de protección de datos, Kaiku Corporación Alimentaria, S.L. en su calidad de responsable de los datos, con CIF B31684020, domicilio social en Paseo Mikeletegui N.º 55, San Sebastián, 20009-Gipuzcoa, Teléfono: 943117000 y Correo electrónico: protecciondedatos@kaiku.es, informa a los Participantes en el presente Concurso que sus datos recabados por KAIKU en el ámbito del presente Concurso, serán tratados por KAIKU con las siguientes finalidades:
- Gestionar la relación entre los Participantes en el Concurso y KAIKU, incluyendo la comunicación con los Participantes para atender sus solicitudes, la comunicación y la gestión de sus premios, procediéndose a su eliminación al finalizar el tiempo necesario para el desarrollo de la presente acción promocional, es decir al finalizar el año en curso a más tardar.
Publicar los cortos de los Participantes y/o ganador/es durante el tiempo que KAIKU lo estime necesario, de conformidad con el punto 8 de las presentes bases.
Legitimación del Tratamiento
Legitimación por consentimiento: para gestionar su relación con KAIKU cuando los Participantes aceptan las bases legales del Concurso y se registran para participar en el presente Concurso.
Legitimación por consentimiento: para publicar su corto de conformidad con el punto 8 de las presentes bases cuando los Participantes aceptan las bases legales del Concurso y envíen sus cortometrajes para participar en el presente Concurso.
Derechos de los Participantes.
Los usuarios podrán hacer valer los derechos que a continuación se enumeran, mediante un escrito enviado a la siguiente dirección, acompañándose de una copia de su Documento Nacional de Identidad: Kaiku Corporación Alimentaria, S.L. (A/A. Asesoría Jurídica), Paseo Mikeletegui 55, 20009, San Sebastián, Guipúzcoa y/o al siguiente email: protecciondedatos@kaiku.es, en ambos casos con la referencia “Protección de Datos, 3ª Edición concurso de cortos en Instagram: La Nueva Normalidad”.
Los Participantes tienen derecho a obtener confirmación sobre si KAIKU CORPORACIÓN ALIMENTARIA S.L está tratando sus datos personales por tanto tienen derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios.
Acceso: petición de información sobre los datos personales proporcionados.
Cancelación: petición de cancelación de datos personales proporcionados.
Limitación de su tratamiento, caso de proceder: Obtener de KAIKU CORPORACIÓN ALIMENTARIA S.L la limitación del tratamiento de los datos cuando se cumpla alguna de las condiciones previstas en la normativa vigente en materia de protección de datos.
Oposición, caso de proceder: petición de oposición al tratamiento de los datos personales de los Participantes, por lo que KAIKU dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos o el ejercicio de la defensa de posibles reclamaciones.
Portabilidad de datos: los Participantes de conformidad con la legislación vigente tendrán derecho a solicitar la portabilidad de sus datos, siempre y cuando proceda.
Como antes indicado, el ejercicio de los derechos citados anteriormente podrá realizarse dirigiendo un escrito a: KAIKU CORPORACIÓN ALIMENTARIA, S.L, acompañándose de una copia de su Documento Nacional de Identidad, en la siguiente dirección: Paseo Mikeletegui 55, 20009 San Sebastián (Guipúzcoa) y/o al email protecciondedatos@kaiku.es, en ambos casos, con la referencia “Protección de Datos, 3ª edición concurso de cortos en Instagram: La Nueva Normalidad”.
Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en que exista una obligación legal.
13.-. Datos de Contacto
Para la resolución de cualquier duda sobre la administración de la presente acción promocional, sírvase dirigirse a: atencionalcliente@kaiku.com
14.-. Depósito de las Bases
Las Bases del Concurso así como sus eventuales modificaciones estarán disponibles en www.kaikucaffelatte.com.
Las presentes Bases se hallan depositadas ante el Notario de San Sebastián (Guipúzcoa), D. Fermin Lizarazu Aramayo.
15 Anulación, supresión, modificación del Concurso
KAIKU se reserva el derecho de anular o suspender el concurso o cambiar alguna de sus condiciones, sin que por ello los participantes tengan derecho a recibir compensación alguna.
16.-. Aceptación de las Bases
La simple participación en la acción implica la aceptación de las presentes bases que podrán consultarse en www.facebook.com/kaikucaffelatte , por lo que la manifestación de la no aceptación de las mismas supondrá la exclusión del participante y como consecuencia de la misma quedará KAIKU liberada del cumplimiento de la obligación contraída con dicho participante.
Para el conocimiento de cualquier litigio que pudiera plantearse en cuanto a la interpretación o aplicación de estas bases, tanto KAIKU como los participantes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de San Sebastián (Guipúzcoa), con renuncia expresa a cualquier otro derecho que le correspondiera o fuero si lo tuvieren.
Al PARTICIPAR EN EL CONCURSO, significará que ha leído, comprendido y que acepta todos los términos y condiciones de las Bases Legales.
En Donostia-San Sebastián a 4 de diciembre de 2020.